RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422001351 (UT/22/01257)
INE-CT-R-0185-2022
Resolución
Determinación Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve: Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública. Segundo. Incompetencia. Debido a que la incompetencia manifestada por las áreas DEA (puntos 2 y 3), DESPEN (puntos 2 y 3) y DJ (punto 1) no invocan a un sujeto diverso al INE, se ha determinado obviar el análisis. Tercero. Información totalmente confidencialidad. Se confirma la clasificación de información totalmente confidencial señalada por las áreas OIC, DJ y JL-CHIS. Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [1532]