RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422002381 (UT/22/02134)
INE-CT-R-0322-2022
Resolución
Determinación Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve: Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública. Segundo. Incompetencia. Debido a que la manifestación de incompetencia del área UTTyPDP-DPT (puntos 1 y 2) no involucra la participación de un sujeto obligado ajeno al INE, el CT determina que no existe materia para el análisis. Tercero. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total formulada por el área UTF (punto 2). Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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