RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031422002779 (UT/22/02523)
INE-CT-R-0375-2022
Resolución
Determinación Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve: Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública. Segundo. Inexistencia. Se confirma la declaración de inexistencia formulada por el área UTF respecto de la declaración patrimonial de la C. Águeda Galicia Jiménez. Tercero. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP y UTTyPDP-DPT respecto de la declaración patrimonial de la C. Águeda Galicia Jiménez. Cuarto. Orientación. Se orienta a dirigir su petición al OPLE en el estado de Nayarit. Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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