RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423000411 (UT/23/00386) Y 330031423000413 (UT/23/00388)
INE-CT-R-0047-2023
Resolución
Determinación Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT: Primero. Información pública. Se pone a disposición la respuesta del área considerada como pública. Segundo. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total formulada por el área OIC (respecto de la existencia o inexistencia de investigaciones y procedimientos en materia de responsabilidades administrativas que se encuentren en trámite, así como de procedimientos en materia de sanción a licitantes, proveedores y contratistas que se encuentre en trámite, concluidos sin sanción y concluidos con sanción no firme, en contra de las personas de interés de la persona solicitante). Tercero. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área OIC respecto de procedimientos por faltas graves en materia de responsabilidades administrativas concluidos sin sanción, concluidos con sanción no firme y concluidos con sanción firme. Cuarto. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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