RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423000399 (UT/23/00377)
INE-CT-R-0051-2023
Resolución
Determinación Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve: Primero. Información pública. Se pone a disposición las respuestas de las áreas consideradas como públicas. Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP (puntos 1 y 5) y UTF (punto 1 y 5) información a nivel local. Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su solicitud al OPLE de Chiapas y al PRD respecto de los puntos 1 y 5 (información a nivel local) de las áreas DEPPP y UTF. Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [1532]