RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR INCOADO CON MOTIVO DE LA DENUNCIA INTERPUESTA POR EL C. ELOI VÁSQUEZ LÓPEZ EN CONTRA DEL C. HUMBERTO LÓPEZ LENA CRUZ, ENTONCES PRECANDIDATO A SENADOR POR EL ESTADO DE OAXACA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, ASÍ COMO DE ESTE INSTITUTO POLÍTICO, Y DE RADIODIFUSORAS UNIDAS DEL SURESTE, S.A., CONCESIONARIO DE LAS EMISORAS CON LA SIGLAS XEAH-AM Y XHAH- FM; BERTHA CRUZ TOLEDO, CONCESIONARIA DE LAS EMISORAS CON LAS SIGLAS XETEKA-AM Y XHTEKA-FM; COMPLEJO SATELITAL, S.A. DE C.V., CONCESIONARIO DE LAS EMISORAS CON LAS SIGLAS XECORO-AM, XEYG-AM, XECE-AM, XHCE-FM, XEPNX-AM Y XHPNX-FM; Y HUMBERTO ALEJANDRO LÓPEZ LENA ROBLES, CONCESIONARIO DE LAS EMISORAS CON DISTINTIVO XEHLL-AM Y XHHLL-FM, POR HECHOS QUE CONSIDERA CONSTITUYEN INFRACCIONES AL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE SCG/PE/EVL/CG/016/PEF/93/2012.
CG567/2012
Resolución
CG567/2012 - Resolución de la sesión Extraordinaria del 2012-08-09
- Resoluciones [11513]