RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR ORDINARIO INICIADO CON MOTIVO DE LA DENUNCIA PRESENTADA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, EN CONTRA DE LOS CC. FIDEL ARCOS RAMÍREZ, RAÚL HERNÁNDEZ ZAMBRANO Y ABDÓN PALESTINA TAPIA, PRESIDENTE MUNICIPAL, OTRORA SECRETARIO GENERAL Y DIRECTOR DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL H. AYUNTAMIENTO DE ESPERANZA EN EL ESTADO DE PUEBLA, RESPECTIVAMENTE, POR HECHOS QUE CONSIDERA CONSTITUYEN INFRACCIONES AL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES1, IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE SCG/QPRD/JD08/PUE/146/PEF/170/2012, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA SENTENCIA IDENTIFICADA CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE SUP-RAP-11/2014
INE/CG78/2014
Resolución
INE/CG78/2014 - Resolución de la sesión Ordinaria del 2014-07-02
- Resoluciones [11513]